Muchos patrones consideran que no es posible dar de alta en el seguro social a los menores de edad o inclusive sucede que es el propio Instituto Mexicano del Seguro Social quien niega el trámite de inscripción.
¿ES LEGAL ANTE EL SEGURO SOCIAL?
En un primer aspecto, la Ley Federal del Trabajo, establece que una relación de trabajo, es aquella que independientemente del acto que le dé origen, consiste en la prestación de un trabajo personal subordinado a cambio del pago de un salario. Asimismo, los jóvenes mayores de quince años pueden prestar libremente sus servicios con las limitaciones establecidas en la Ley y, a su vez, tendrán derecho a percibir el pago íntegro de sus salarios y ejercitar las acciones que les correspondan.
Por otra parte, la Ley del Seguro Social, establece en su artículo 12, que las personas que presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral un servicio remunerado, personal y subordinado, serán sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio (seguridad social).
Derivado de lo anterior, es que se advierte que el Instituto no puede oponerse a la inscripción al régimen obligatorio de seguridad social, a un menor de edad, pero mayor de 15 años, puesto que en términos del artículo 1° de la Constitución Federal, a ninguna persona puede discriminarse, entre otros supuestos, por razón de su edad o condiciones de salud.
Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social tenga por asegurado a un trabajador sólo puede ponderar la existencia de la relación laboral, sin que legalmente esté facultado para valorar cuestiones tales como la capacidad, experiencia, edad o salud de ese trabajador asegurado, a efecto de desvirtuar dicha relación y darlo de baja como asegurado; y si a partir de tales supuestos se niega la posibilidad de trabajar a una persona y de estar inscrita en el Instituto Mexicano del Seguro Social, se le discrimina, privándola del derecho al trabajo y a la seguridad social.
Si este tipo de contenido es de tu interés te invitamos a que revises nuestro blog en Despacho Jurídico IK. En caso de requerir asesoría en una materia distinta, nuestros agentes te podrá canalizar con un Abogado Especializado en la materia para darle seguimiento puntual o, en su caso, diseñar una estrategia jurídica a la medida de tu problema.