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¿Qué es un procedimiento Paraprocesal?
Antes de abordar el tema, debemos definir al procedimiento paraprocesal, como aquel trámite en el cual, un trabajador, un sindicato o un patrón, acuden ante el Tribunal Laboral, antes conocido como Junta de Conciliación y Arbitraje, para efectuar alguno de los ocho trámites establecidos en la Ley para el presente procedimiento, en los que a petición de alguna de las partes, intervendrá la autoridad, sin que ello signifique que se trata de un conflicto o un juicio.
¿Qué trámites se pueden hacer Paraprocesalmente?
En ese sentido, los 8 trámites que se pueden llevar a cabo mediante el procedimiento paraprocesal ante el tribunal, son los siguientes:
- Otorgamiento de depósitos, fianzas y sus respectivas cancelaciones, generalmente del Patrón o Empresa en favor del trabajador, ello por alguna disposición legal, o por acuerdo entre las partes.
- Cuando el Patrón o Empresa solicite la suspensión del reparto adicional de utilidades a los trabajadores, lo anterior por cuestiones fiscales con la Secretaria de Hacienda.
- Cuando la Empresa o el Patrón llega a un convenio o liquidación con un trabajador, fuera de juicio, aunque ese trámite se realiza directamente ante los Centros de conciliación y al momento.
- Cuando un trabajador, mayor de 15 años, pero menor de 18, solicita una autorización para trabajar.
- Cuando un trabajador, le requiere al patrón o Empresa se le expida una constancia laboral, la cual debe incluir, por lo menos, su antigüedad y el salario percibido.
- Cuando la Empresa o el patrón hace entrega de dinero al trabajador o sus beneficiarios por liquidación o convenio.
- Cuando el patrón o Empresa, deposita en favor de un trabajador, el pago de una indemnización, prima de antigüedad o cualquier otra prestación como puede ser de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, entre otras.
- Cuando la Empresa o Patrón, solicita, se efectúe una notificación del aviso de rescisión al trabajador.
¿Cómo llevar a cabo un procedimiento Paraprocesal?
Por último, para iniciar alguno de los procedimientos antes referidos, se deberá ingresar un escrito ante el secretario instructor de la unidad jurídica del procedimiento paraprocesal del Tribunal, en el cual se deberá acreditar previamente la personalidad o el carácter con el que se actúa en el proceso, también se deberá señalar el nombre completo y correcto de la persona a quien se le notificara ya será el requerimiento o el aviso correspondiente, una breve narración del origen da la solicitud o acción a efectuarse, la dirección de la persona a notificarse, ya sea física o moral, y adjuntar el documento o prueba que sustenta la petición, como pueden ser; el acta constitutiva de la empresa, las actas administrativas, aviso de rescisión, el billete de depósito, fianza, la solicitud correspondiente, listas de asistencia, comprobante de domicilio, identificación del trabajador, copias certificadas de una actuación judicial o cualquier otra.
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