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DE FOLIO REAL

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¿QUÉ ES LA CUSTODIA DE
FOLIO REAL?


Es un documento con antecedentes jurídicos donde el Registro Público de la Propiedad puede obstruir distintas gestiones o traslados de dominio del folio real de inmuebles, lo anterior  por órdenes del Tribunal de Justicia Administrativa).

Así como otras autoridades, como medida preventiva a partir del descubrir irregularidades o errores en los registros, o en la violación al uso de suelo existentes en los diferentes programas normativos del desarrollo urbano.

¿QUÉ AUTORIDAD PUEDE ORDENAR LA CUSTODIA DEL FOLIO REAL ?

Los organismos con esa autoridad son:

Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.

Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México

Procuraduría Ambiental y del ordenamiento Territorial de la Ciudad de México.



¿QUÉ PUEDER CAUSAR UNA CUSTODIA DE FOLIO REAL?

La Por lo general el Resguardo de Folio Real se da por a violación de la normatividad aplicable al inmueble referente a su Uso de Suelo, la segunda caudante es la violación a la normativa urbana y la última de estas, es debido al comienzo de procesos litigiosos sobre el prediopor lo que se procese a realizarse la Custodia del folio real.

¿CÓMO SE PUEDE LIBERAR UN FOLIO  REAL?

Uno de los procesos más complejos es la  liberación de un folio real, este se puede encontrar tanto en custodia como en resguardo es de suma importancia contar con una estrategia legal acorde a la violación o falta que lo llevo a tener dicha sanción, ya que no existe una fórmula exacta para lograr la liberación, sino que se requiere diseñar específicamente una estrategia para cada uno de los casos, tomando en consideración sus características y el contexto en el que se llegó a tal situación, además, es necesario que la ejecución sea de manera adecuada para lograrlo en el menor tiempo posible y logrando la liberación del mismo.

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ASÍ COMIENZA LA CUSTODIA DE FOLIO REAL EN LA CDMX

Durante los 80’s no existía como tal un reglamento de construcción que normara a las inmobiliarias y constructoras, por lo que todos construían lo que querían libremente como los  desarrolladores inmobiliarios, para regular esto se intentó la creación y modificación de varios programas parciales de desarrollo urbano pero siempre se veían insuficientes y rebasados ​​por la corrupción del país.

Lo anterior continuó hasta la Creación del  INVEA CDMX (Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México) y su implementación de las verificaciones  en materia de uso de suelo en  establecimientos mercantiles, obras, etc; con lo que muchas construcciones y negocios se inician a clausurar. 
 
A pesar de esto, algunos empresarios continuaban con malas prácticas vendiendo estos terrenos e inmuebles a único sabiendo las violaciones al uso de suelo y la falta de documentos legales en muchos casos, por lo que INVEA decide que aparte de notificar y clausurar estos inmuebles, se les cobraría una multa y bajo las reformas publicadas el 10 de enero del 2014 y adiciones al Código Penal y el Código de Procedimientos Penales para la CDMX, las cuales reforzaron los cambios en la Ley Registral  y  Ley de Desarrollo Urbano, así como, atribuciones al TCADF (actualmente TJA), el INVEA y la PAOT tienen la posibilidad de ordenar una custodia de folios.    

Con la posibilidad de la «Custodia de Folios« ante la detección y denuncia de irregularidades en construcciones, el INVEA tiene la posibilidad de pedir al Registro Público de la Propiedad y de Comercio que notificará ese y resguardaran su folio real evitando con esto cualquier compraventa ilegal y modificaciones a los predios volviéndolos de esta manera algo sin valor comercial legalmente.  

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